Sociedad de Acciones Simplificada –SAS– Un modelo para promover la formalización y el fortalecimiento empresarial

Área de Competitividad y Productividad

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Mesa de Desarrollo Empresarial de Antioquia y el Área de Competitividad y Productividad de Proantioquia, interesados en difundir procesos que ayudan en la formalización del emprendimiento y en el desarrollo empresarial, presentó el pasado 17 de junio la conferencia sobre Sociedad por Acciones Simplificada -SAS- ofrecida por Johann Schomberger, especialista en iniciación formal de la actividad empresarial.

El objetivo de la conferencia fue dar a conocer los aspectos principales de una Sociedad por Acciones Simplificada y de esta forma, incentivar la utilización de este tipo societario entre los emprendedores y demás personas interesadas en iniciar actividades empresariales de manera formal.

La informalidad tiene efectos nocivos sobre la productividad de los países y afecta a la mayoría de las economías en desarrollo. En Colombia, el 57% de los ocupados y el 59% de las microempresas son informales. Las empresas informales son, por lo general, empresas pequeñas, con limitado acceso a crédito y a los mercados externos, con un personal poco calificado y con bajo nivel de capital.

En ese contexto y teniendo el cuenta la emisión por parte del Congreso de la República de la Ley 1256 de 2008 "por medio de la cual se crea la Sociedad por Acciones Simplificada", el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha identificado una oportunidad para reducir esta barrera y contribuir a la iniciación formal de la actividad en el país, y consecuentemente, al fortalecimiento del sector productivo colombiano.

La utilización de este tipo societario permite al emprendedor contar con beneficios como:

  • Facilidad en el proceso de constitución y reforma
  • La limitación en la responsabilidad de los socios sin necesidad de acudir a pesadas y costosas estructuras societarias
  • La posibilidad de crear diferentes tipos de acciones, facilitando la financiación interna del emprendimiento.
  • No requerir establecer objeto ni duración determinada-
  • La posibilidad de diferir el pago de la totalidad del capital por parte de los socios, hasta por dos años, entre otros beneficios que mejoran las condiciones de regulación en que el empresario puede iniciar formalmente sus actividades.

Si usted no tuvo la oportunidad de asistir a la conferencia, consulte aquí la presentación del tema.

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